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Multarán a campesinos que no destruyan zoca

JESÚS Garza/Empendedor/MegaRedLatina

SAN FERNANDO, TAM.- De acuerdo a información proporcionado por el Ing. Víctor Hernández Salazar, encargado del departamento de Sanidad Vegetal en el Valle de San Fernando; para el ciclo 2016-2107 se podrían estar aplicando multas a los campesinos que no destruya la zoca a tiempo.

De acuerdo a un boletín emitido por SAGARPA a los campesinos donde menciona:

Como es de su conocimiento a partir de noviembre de 2013 se detectó la plaga conocida como pulgón amarillo (Melanaphis sacchari) en el cultivo de sorgo, ante tales circunstancias se implementaron medidas de control químico, biológico y cultural lo que ha permitido que no se tengan daños considerables en la producción de grano, sin embargo una vez que inició la cosecha del ciclo otoño-invierno en el norte del Estado, es necesario dar cumplimiento a las medidas de destrucción de residuos de cosecha y eliminación de socas, a fin de evitar que estas se constituyan como focos de infestación que la plaga los utilice como refugios para su reproducción y al momento de tener las condiciones óptimas infeste a las nuevas plantaciones.

Asimismo se deben destruir las malezas aledañas al cultivo tales como: zacate johnson, cañita, gramilla o bermuda, lagunero o pinto, cola de zorra, cadillo fino, guinea, etc..

Por lo anterior y con fundamento en la Norma Oficial Mexicana NOM-081-FITO-2001, Manejo y eliminación de focos de infestación de plagas, mediante el establecimiento o reordenamiento de fechas de siembra, cosecha y destrucción de residuos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2002, es necesario que los productores, usufructuarios o quienes sembraron el cultivo en el ciclo de siembra otoño-invierno, procedan a la destrucción de residuos de cosecha y de socas en un término de 10 días naturales a partir de que finalizó el proceso de cosecha, con el propósito de evitar la propagación de la plaga y por consiguiente su reproducción permanente en la zona.

Indistintamente de que de no hacerlo se estará infringiendo el ordenamiento legal antes citado con las sanciones administrativas a las que se puede hacer acreedor, multas que van de 50 a 20,000 salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal.

Se destaca que esta norma también regula el cumplimiento de las fechas de siembra que se establezcan por ciclo y zona o región.

Agregando el Ing. Víctor Hernández que esta no es la finalidad de Sanidad Vegetal el aplicar multas; más que nada es concientizar a los campesinos a que ayuden a tratar de controlar esa plaga; ya que es trabajo de todos, señalo.